Niños de las escuelas en la zona rural deben tener acceso a la tecnología y la información

La Sala Segunda de Revisión de la Corte Constitucional con ponencia de la magistrada Diana Fajardo Rivera ordenó a la Gobernación de Antioquia que, en el término de 30 días, establezca medidas de compensación necesarias para mitigar el impacto de la falta de prestación del servicio de internet en la Escuela Institución Educativa Normal Superior sede CER, ubicada en la vereda La Leona (municipio de Jericó -Antioquia), como por ejemplo: multimedias interactivas, bibliotecas digitales, entre otras alternativas que permitan educar a los niños y las niñas para una sociedad informática.

La suspensión del servicio de internet en una escuela pública rural, por parte de una entidad territorial, viola los derechos de las niñas y los niños a la educación cuando no se justifica la razonabilidad de la suspensión del servicio de forma suficiente.

Aplicando este parámetro, la Corte tuteló el derecho fundamental a la educación de un grupo de menores de edad, estudiantes de la escuela rural de la vereda la Leona (Jericó, Antioquia), en la que la Gobernación dejó de destinar presupuesto para prestar el servicio de internet debido a una significativa reducción presupuestal.

Así mismo, la Corte solicita al Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y al Ministerio de Educación, colaborar armónicamente con la Gobernación de Antioquia en la protección del derecho fundamental tutelado y, en concreto, para garantizar el acceso y uso del servicio de internet.-