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Dosquebradas invita a verificar a tiempo la designación como jurados de votación para las elecciones presidenciales

Para las elecciones presidenciales del 31 de mayo, en Dosquebradas fueron designados 3.815 jurados de votación. Servidores públicos, docentes y ciudadanía en general pueden consultar si fueron seleccionados a través del enlace oficial de la Registraduría Nacional del Estado Civil https://wapp.registraduria.gov.co/electoral/2026/presidente-de-la-republica/jurados-votacion.html

No acudir a este llamado puede generar investigación disciplinaria, sanciones administrativas, suspensión o destitución del cargo y sanción económica hasta por $17 millones.

Dosquebradas continúa avanzando en la preparación de las elecciones presidenciales del próximo 31 de mayo, una jornada que movilizará a miles de ciudadanos en el municipio y que exige organización, responsabilidad y participación de todos los actores involucrados. En ese contexto, se hace un llamado a servidores públicos, docentes oficiales y ciudadanía en general para que consulten con anticipación si fueron designados como jurados de votación y, en caso de ser así, se preparen oportunamente para cumplir con esta función.

La invitación cobra especial importancia por la magnitud del despliegue electoral previsto para esta cita democrática. De acuerdo con la Registraduría, en Dosquebradas fueron inscritas 17.983 cédulas entre el 8 de enero de 2025 y el 31 de marzo de 2026. Además, fueron seleccionados 3.815 jurados de votación y se proyecta la habilitación de 527 mesas distribuidas en 44 puestos de votación, de los cuales 39 son urbanos y 5 rurales. En ese marco, la participación de los jurados resulta fundamental para garantizar una jornada ordenada, transparente y confiable.

Es importante recordar que los docentes vinculados al sector oficial, regidos por los Decretos 1278 de 2002 y 2277 de 1979, tienen la calidad de servidores públicos, por lo que también hacen parte de este llamado. De igual manera, se precisa que las semanas de desarrollo institucional o los periodos de receso escolar no los eximen de esta responsabilidad. Asimismo, únicamente las causales contempladas en el artículo 108 del Código Electoral permiten justificar la no asistencia, siempre que sean presentadas oportunamente ante la autoridad competente.

Sobre este punto, el director de la Oficina de Control Interno Disciplinario, Luis Felipe Carvajal Toro, señaló: “Las implicaciones sancionatorias por no asistir o abandonar dicha función son muy severas y pueden castigarse con la destitución del cargo e inhabilidad general. Entonces, el llamado es evitar sanciones que afecten la carrera administrativa o docente, recordar verificar las listas oficiales de designación, asistir puntualmente a las capacitaciones y cumplir con el día de los comicios, en los que la transparencia y la legalidad comienzan efectivamente con el ejemplo de sus servidores públicos”.

Finalmente, se invita a revisar con tiempo la información oficial, organizarse con anticipación y atender esta designación con el compromiso que merece una jornada electoral de esta importancia. La verificación puede realizarse a través del enlace oficial de la Registraduría Nacional del Estado Civil https://wapp.registraduria.gov.co/electoral/2026/presidente-de-la-republica/jurados-votacion.html

Dato de interés

No presentarse como jurado de votación sin una justificación válida puede generar investigación disciplinaria, sanciones administrativas e incluso suspensión o destitución, según la gravedad de la falta. En algunos casos, también puede imponerse una multa de hasta 10 salarios mínimos legales vigentes, suma que podría superar los $17 millones.