Se adopta cierre parcial de centros vida

Mediante Resolución 470 de 2020, el Ministerio de Salud y Protección Social adoptó medida sanitaria –obligatoria- de aislamiento preventivo para los adultos mayores que residen en centros de larga estancia. A su vez, ordenó el cierre parcial de actividades en los Centros Vida y Centros Día, a excepción del servicio de alimentación, que deberá ser prestado de manera domiciliaria.

Esta medida regirá a partir de las 7 de la mañana del sábado 21 de marzo, hasta el 30 de mayo a las 11:59 p.m., y se adopta con el fin de evitar la propagación de la enfermedad por coronavirus Covid-19 en la población que está en mayor riesgo.

En consecuencia a estas medidas, se suspende el ingreso de personas diferentes al personal de servicios y de apoyo en los centros. Incluso, la restricción incluye a quienes prestan servicios docentes y/o asistenciales.

Los adultos mayores residentes en los centros de larga estancia, podrán salir a la calle únicamente en las siguientes situaciones:

·      Uso de servicios financieros como reclamaciones de subsidios, asignaciones o retiros de pensión u otros que sean necesarios para la subsistencia.

·      Acceso a los servicios de salud en caso que no sea posible la atención domiciliaria.

·      Casos de fuerza mayor o fortuitos.

Se recuerda que la violación de estas medidas, dará lugar a sanciones penales y pecuniarias previstas en el artículo 368 del Código Penal y del Decreto 780 de 2016.