Claridad sobre el pago de nómina a contratistas de las instituciones educativas oficiales

En este momento por cierre de año fiscal, la Alcaldía de Pereira se encuentra en proceso de pago de nómina de todo el personal adscrito a la administración municipal, eso involucra al personal de la planta central de la Secretaría de Educación, (incluyendo personal administrativo de las instituciones educativas), así como a los demás contratistas de las instituciones educativas.

También docentes, directivos docentes, auxiliares operativos, administrativos y contratos con terceros por los cuales se adquieren servicios para los estudiantes como el Programa de Alimentación Escolar, transporte rural, póliza estudiantil, aseo, vigilancia privada, entre otros; de tal forma que el pago de nómina se ejecuta para más de 4 mil personas.

Este proceso involucra directamente al contratista, ya que es él quien debe realizarlos trámites administrativos para que desde el despacho de Educación se pueda ejecutar su pago; es decir el contratista debe realizar su informe donde con evidencias debe relatarlas acciones ejecutadas durante el mes, así como realizar el pago de seguridad social y subir todos los documentos a la plataforma de pagos de la Alcaldía.

Desde el inicio de la vigencia 2022 se ha informado de forma periódica a través de diferentes comunicados publicados en el portal webhttp://www.pereiraeduca.gov.co/ a los supervisores de los contratistas asignados por parte de la Secretaría de Educación para apoyar las actividades administrativas y operativas de los Establecimientos Educativos Oficiales, su obligación en verificar que se encuentren al día en el pago de la seguridad social (salud, pensión y ARL) desde la fecha de inicio del contrato de prestación de servicios.

Los plazos establecidos para los pagos de seguridad social se encuentran establecidos en el artículo 2 del Decreto 1990 del 6 de diciembre de 2016, Decreto 1273 de 2018 y demás normas que los deroguen modifiquen o adicionen. Fecha límite determinada de acuerdo con los 2 últimos dígitos de la cédula de ciudadanía.

Es de anotar que el pago puntual de la seguridad social es una obligación contractual del proveedor del servicio, que se adquiere con la firma del contrato de prestación de servicios, adicionalmente, es un requisito necesario para el trámite de pago en el área financiera de la Secretaría de Educación. Para el cierre de año, desde el mes de noviembre, la Alcaldía notifica a los contratistas el deber del pago de seguridad social hasta la fecha de terminación de su contrato; si el mismo finaliza en diciembre, este mes debe ser pago en la seguridad social de forma legítima en cumplimiento del contrato prestacional celebrado.

DATO DE INTERÉS

Si el contratista no realiza oportunamente los pagos de seguridad social ni presenta o radica a tiempo el informe de actividades completo, hace que dicho proceso se retrase. También sucede si el contratista tiene situaciones personales como embargos de honorarios con entidades financieras por la adquisición de bienes y o servicios con terceros no resueltos a la fecha, como es el caso que presenta actualmente un contratista que presta apoyo operativo.