CREAN LA NOTARÍA SEGUNDA EN DOSQUEBRADAS-RISARALDA

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO

DECRETO NÚMERO 778 DE 2022

Por el cual se crea la Notaría Segunda (2) del Círculo Notarial de Dosquebradas – Risaralda.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el artículo 131 de la Constitución Política, y

CONSIDERANDO

 

Que de acuerdo con el inciso 3 del artículo 131 de ‘la Constitución Política, «Corresponde al Gobierno la creación, supresión y fusión de los círculos de notariado y registro y la determinación del número de notarios y oficinas de registro».
Que de conformidad con el numeral 7 del artículo 11 del Decreto 2723 de 2014, le corresponde a la Superintendencia de Notariado y Registro «Proponer al Gobierno Nacional la creación, supresión, fusión y recategorización de Notarías y sus círculos respectivos, de conformidad con las disposiciones legales vigentes».

Que mediante Ordenanza 012 del 6 de diciembre de 1972, la Asamblea Departamental de Risaralda elevó a la categoría de municipio a Dosquebradas, convirtiéndose en el décimo cuarto municipio del Departamento de Risaralda.

Que el artículo 1 del Decreto 307 de 1993 creó el Círculo Notarial de Dosquebradas – Risaralda, con una única notaría de primera categoría para prestar el servicio público notarial a los habitantes del municipio de Dosquebradas, la cual en adelante será la Notaría primera de dicho círculo.

Que mediante estudio técnico de abril de 2022, la Superintendencia de Notariado y Registro concluyó que es viable «( … ) la creación de una Notaría en el Círculo Notarial de Dosquebradas – Risaralda de primera categoría».

Que mediante oficio OAJ-873/ SNR2022EE045212 del 3 de mayo de 2022, radicado en el Ministerio de Justicia y del Derecho el día 05 de mayo de 2022, con el radicado MJD-EXT220016986, la Superintendencia de Notariado y Registro de conformidad con las atribuciones conferidas por el numeral 7 del artículo 11 del Decreto 2723 de 2014, propuso al Gobierno Nacional, la creación de la Notaría Segunda (2) del Círculo Notarial de Dosquebradas – Risaralda.

Que el Gobierno Nacional teniendo en cuenta las razones expuestas por la Superintendencia de Notariado y Registro, establece la necesidad de crear la Notaría Segunda (2) del Círculo Notarial de Dosquebradas – Risaralda de primera categoría con el fin de garantizar y facilitar el acceso al servicio público notarial a la ciudadanía en general y, especialmente, a quienes habitan en el Municipio de Dosquebradas, permitiéndoles adelantar todos los trámites notariales que requieran, sin incurrir en mayores desplazamientos y gastos económicos.

Que de conformidad con el inciso segundo del artículo 157 del Decreto Ley 960 de 1970 modificado por el artículo 44 del Decreto 2163 de 1970, «la Superintendencia de Notariado y Registro determinará la localización de las notarías en los círculos de primera y segunda categoría, de modo que a los usuarios del mismo les sea posible utilizarlo en la forma más fácil y conveniente de acuerdo con la extensión y características especiales de cada ciudad»,. En mérito de lo expuesto.

DECRETA:

Artículo 1°, Créase la Notaría Segunda (2) del Círculo Notarial de Dosquebradas – Risaralda, de primera categoría.

Artículo 2°, La Superintendencia de Notariado y Registro verificará que el local en donde funcione la Notaría Segunda (2) del Círculo Notarial de Dosquebradas – Risaralda, reúna las condiciones exigidas para la excelente prestación del servicio, en observancia de lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 157 del Decreto Ley 960 de 1970 modificado por el artículo 44 del Decreto 2163 de 1970.

Artículo 3°, El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D.C., a los 16 MAY 2022

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO,