Día de fiesta para consumidores y expendedores de alucinógenos

El presidente Gustavo Petro derogó el decreto del Código de Policía que prohibía poseer, tener, entregar, distribuir y comercializar drogas o sustancias prohibidas.

Con la norma 1844 del 2018 se le había dado facultades a la Policía para combatir el microtráfico de estupefacientes en espacios públicos.
En las consideraciones del Decreto 2114 de 2023, se cita una sentencia de la Corte Constitucional, que fue ratificada en otra, que advierte que perseguir la dosis mínima a través de medidas correctivas y prohibitivas no es el medio idóneo para garantizar “un fin que es imperioso (la tranquilidad y las relaciones respestuosas)”, pues “lo hace a través de un medio que no es necesario para alcanzar dicho fin y en ocasiones tampoco es idóneo”.

También argumenta que el Decreto 1844 de 2018 “consagró medidas de naturaleza administrativas para propiciar en la comunidad comportamientos que favorezcan la convivencia en el espacio público, áreas comunes, lugares abiertos al público o que siendo privados trasciendan a lo público, y, por lo tanto, fijó un procedimiento para imponer medidas correctivas, por infracciones derivadas del porte y tenencia de las cantidades de sustancias psicoactivas que las normas vigentes determinan como dosis personal”.

Hay que recordar que, en mayo, la Corte Constitucional volvió a permitir la dosis mínima de estupefacientes para consumo propio.
Consultar decreto

Decreto 2114 del 071223 DEROGA Decreto 1844 de 2018 PROHIBICIÓN de POSEER, TENER, ENTREGAR, DISTRIBUIR o COMERCIALIZAR drogas o sustancias prohibidas(1)