En un nuevo fallo a favor, el municipio de Dosquebradas deja de pagar aproximadamente $1.200 millones

El municipio de Dosquebradas obtuvo fallo a favor en segunda instancia sobre la solicitud de una indemnización de una acción de reparación directa.

Los hechos corresponden a un predio denominado “Los Robles”, adquirido para lotear un condominio residencial campestre el cual de acuerdo con el artículo 2° de la ley 1228 de 16 de julio de 2008 define que “la zona de reserva para carreteras de la red vial nacional con fajas de retiro obligatorio o área de reserva o de exclusión de 30 metros para las carreteras de tercer orden”.

El propietario del predio demandó al Ministerio de Transporte, al Instituto Nacional de Vías – Invias, al Instituto Nacional de Concesiones INCO, al departamento de Risaralda y al municipio de Dosquebradas por aplicar dicha Ley en su bien inmueble.

El secretario Jurídico, José Iván Gonzales Arias explicó que el fallo es a favor en segunda instancia proferido por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, teniendo en cuenta que no se acreditó el daño alegado por el demandante.

Es decir, se pudo argumentar que la solicitud no aplicaba ya que no procede indemnización porque el predio no estaba siendo afectado, ni existe proyecto alguno para la construcción de vías sobre el mismo. Es decir, pide una indemnización futura sobre su predio la cual solo procede cuando estos vayan a ser afectados”.