LOS MIEMBROS DE CORPORACIONES PÚBLICAS NO PODRÁN SER REELEGIDOS MÁS DE TRES PERIODOS CONSECUTIVOS

La importante iniciativa, que pretende una positiva transformación en el proceso político y electoral de Colombia, salió avante en sus primeros dos debates al interior del Senado de la República.

El Senado dio trámite positivo al acto legislativo que dispone una reforma política anticorrupción en el país, y que, de entrar en vigencia, tendrá importante implicación en varias normas electorales que se aplicarán a partir del año 2026.

Estas son algunas de las normas incluida en la reforma política hasta el momento:

  • La reforma promueve la democratización de los partidos políticos, a través de consultas populares, internas o interpartidistas.
  • Quien participe en las consultas de los partidos, debe ser militante de éste, por lo menos seis meses antes de la realización de las mismas.
  • Los miembros de cuerpos colegiados, desde 2026, y por una sola ocasión, podrán cambiar de partido dos meses antes de la elección.
  • Al entrar en vigencia la reforma política, los partidos políticos tendrán un año para implementar las normas de democratización interna.
  • La financiación de las campañas políticas será preponderantemente estatal, y se mantienen los aportes del sector privado. la financiación será además anticipada.
  • La reforma, limita a tres periodos la reelección para Senado, Cámara, Asambleas, Concejos, y JAL.
  • Desde el año 2026, y por dos periodos legislativos, se cerrarán las listas, y se bloquearán en Senado, Cámara, oncejos, asambleas y JAL.
  • La reforma política, permite a los congresistas, a petición de los partidos, pasar a formar parte del ejecutivo.
  • La reforma mantiene el conflicto de interés para los congresistas.
  • El Senado, negó la implementación del voto obligatorio en Colombia por dos periodos legislativos seguidos.
  • Las listas para los cuerpos colegiados (Senado, Cámara, Asambleas Concejos, y JAL) deberán ser integradas con equidad de género.