Ratifican Sanción a un Alférez que le tocaba los genitales a los compañeros cuando estaban dormidos

El Consejo de Estado negó las pretensiones de una demanda por medio de la cual un alférez (r) del Ejército pretendía ser reintegrado a la institución e indemnizado, luego de haber sido marginado de la institución por cometer actos sexuales abusivos en contra de varios uniformados de la Escuela Militar de Cadetes.

El exuniformado fue vinculado a una investigación disciplinaria, luego de que cinco cadetes afirmaran haber sido sus víctimas, luego de que este les tocara los genitales mientras dormían o permanecían cerca de él en situaciones que dieron lugar a tal abuso. Este proceso terminó el 13 de noviembre del 2015 con la decisión de la Dirección de la Escuela Militar de confirmar la determinación tomada por la Subdirección 11 meses atrás de cancelar la matrícula del entonces militar activo por ejecutar actos sexuales abusivos.

Alegando que las pruebas allegadas a la investigación no demuestran la ejecución de la conducta que se le endilgó y la supuesta falta de elementos para que esta se configurara, el alférez (r) interpuso una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en busca de su reintegro y del pago de los dineros que dejó de percibir desde el momento de su desvinculación.

Dado que el Tribunal negó las pretensiones de esta acción, el exuniformado interpuso un recurso de apelación ante el Consejo de Estado, con la aspiración de que esta corporación ordenara su retorno a la institución castrense y el resarcimiento económico ya señalado.

No obstante, la alta corte ratificó la decisión y dejó en firme la sanción disciplinaria, al encontrar que los testimonios rendidos por las víctimas constituyen material de prueba suficiente para demostrar la ocurrencia de la falta. Para esa corporación judicial, la conducta evidenciada que sí se acoge al cargo que se le endilgó, pues los tocamientos indebidos a los cadetes sí constituyen un acto sexual abusivo.

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