Sacan a Medimás de 8 Departamentos

La Superintendencia Nacional de Salud revocó parcialmente el funcionamiento de la EPS Medimás en 8 departamentos del país, en una decisión que había iniciado en marzo, por lo que ya se da inicio al proceso de traslado de sus 319.223 afiliados en esos territorios a otras Entidades Promotoras de Salud.

Con la medida, adoptada mediante Resolución 2379 del 15 de mayo, los afiliados de esta EPS en los departamentos de Atlántico, Arauca, Bolívar, Cauca, Cundinamarca, Guainía, La Guajira y Magdalena, serán asignados próximamente por el Ministerio de Salud a EPS receptoras que deberán garantizarles una mejor prestación de los servicios de salud.

La decisión se tomó luego de realizar una rigurosa revisión de las objeciones presentadas por la EPS a la resolución 001146 del 3 de marzo de 2020, mediante la cual la Superintendencia había ordenado el inicio del proceso de revocatoria parcial de la autorización de funcionamiento de Medimás en esos departamentos.

El Superintendente Nacional de Salud, Fabio Aristizábal Ángel, dijo que tras el estricto seguimiento al desempeño de Medimás, se demostró que esta EPS “no garantizaba el aseguramiento y acceso a los servicios de salud en las condiciones de calidad, oportunidad, continuidad e integralidad en esos 8 departamentos”.

Quejas de los usuarios en aumento

La Supersalud realizó un análisis de la cantidad de peticiones, quejas, reclamos y denuncias (PQRD) que recibió de los usuarios de esta EPS en dos periodos comparables. Así, por ejemplo, al confrontar el primer bimestre de 2019 con el mismo periodo de este año, se encontró que las PQRD aumentaron en 199% en los ocho departamentos.

Adicionalmente, se determinó que los tiempos de cierre de PQRD podían alcanzar en promedio los 73 días para el caso del departamento de Cauca, y de 58 días en promedio para Cundinamarca durante 2019.

Las causales que comprobó la Superintendencia en esos departamentos se refieren en términos generales a que la EPS Medimás ponía en riesgo la efectividad de los servicios, la seguridad de los afiliados y la destinación de los recursos del sector, poniendo en riesgo la sostenibilidad de otros actores del sistema por lo que incumplía de forma reiterada e injustificada las condiciones de habilitación.

En ese sentido, durante los años de 2018 y 2019 se evidenciaron demoras en la asignación de citas de medicina especializada, inoportunidad en la prestación de servicios de salud, incumplimiento al suministrar de manera oportuna los medicamentos e insumos a los usuarios, contratación de prestadores que no tenían servicios habilitados y fallas en la operación del sistema de referencia y contrarreferencia, entre otros.

Incumplía pagos a su red

De la misma manera, se comprobó un reiterado incumplimiento en el pago a la red de prestadores, porque no hacía el giro oportuno de los recursos para las obligaciones causadas por concepto de servicios y tecnologías en salud.

En el aspecto financiero, el análisis de la Supersalud concluyó que Medimás no contaba con recursos líquidos para cumplir con sus obligaciones de pago tanto en el corto como en el mediano y largo plazo y, en esa medida, representaba un riesgo de crédito para las IPS.

Adicionalmente, presentó un capital de trabajo negativo, por lo que la EPS podría ver comprometida la disponibilidad de recursos para atender el pago de los pasivos a corto plazo, llegándose a materializar un riesgo de liquidez y operacional.

Con esta decisión, ya son 11 los departamentos del país donde Medimás no podrá operar, toda vez que el año pasado la Superintendencia la había cobijado con una revocatoria parcial de funcionamiento para Cesar, Sucre y Chocó.

El Superintendente Aristizábal Ángel señaló que mientras se realiza el traslado efectivo de todos los afiliados en esos departamentos, Medimás está obligada a garantizar la prestación de los servicios de salud en condiciones de oportunidad, accesibilidad, seguridad, pertinencia y continuidad; así como el pago de las obligaciones con los prestadores y demás proveedores de dichos departamentos.

Adicionalmente, a partir de la fecha en que se haga efectivo el traslado de los afiliados, la EPS deberá interrumpir de manera inmediata las actividades de afiliación y prestación de servicios como Empresa Promotora de Salud en las circunscripciones territoriales mencionadas.

En los 10 días siguientes a la notificación de esta medida, Medimás deberá presentar ante la Superintendencia Nacional de Salud un cronograma a ser ejecutado en un término no superior a tres meses con las actividades para conciliar, depurar y pagar la cartera con las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud públicas y privadas y con los proveedores de servicios y tecnologías en salud.

La distribución de los afiliados de Medimás cobijados por la medida es la siguiente:

Distribución de los afiliados de Medimás cobijados por la medida
Departamento Población MEDIMÁS
Contributivo Subsidiado Total
ARAUCA 8.621 6.502 15.123
ATLÁNTICO 42.600 16.571 59.171
BOLÍVAR 27.803 9.055 36.858
CAUCA 22.964 8.201 31.165
CUNDINAMARCA 59.595 59.511 119.106
GUAINÍA 1.639 239 1.878
LA GUAJIRA 7.377 5.560 12.937
MAGDALENA 25.885 17.100 42.985
TOTAL AFILIADOS 196.484 122.739 319.223

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Preguntas frecuentes

1. ¿QUÉ FUE LO QUE PASÓ CON MEDIMÁS EPS?

La Superintendencia Nacional de Salud ratificó la revocatoria parcial de funcionamiento de Medimás EPS en 8 departamentos del país: Atlántico, Arauca, Bolívar, Cauca, Cundinamarca, Guainía, La Guajira y Magdalena.

Por lo anterior serán asignados próximamente por el Ministerio de Salud a EPS receptoras que deberán garantizarles la prestación de los servicios de salud.

2. ¿HASTA QUÉ FECHA ME CUBREN LOS SERVICIOS MEDIMÁS EPS?

MEDIMÁS EPS deberá prestar los servicios de salud con normalidad hasta el 31 de mayo de 2020, el Ministerio de Salud y Protección Social deberá realizar el proceso de asignación.

Desde el 1 de junio de 2020 la población objeto del traslado será asignada a otras EPS.

3. ¿DEBO HACER TRÁMITES DE TRASLADO?

No. El responsable de realizar la asignación de los afiliados es el Ministerio de Salud y Protección Social.

4. ¿SEGUIRÁN PRESTÁNDOME LOS SERVICIOS CON NORMALIDAD?

Sí. El proceso que se adelanta no deberá generar ninguna afectación en el servicio requerido o que se le esté prestando. Medimás EPS deberá garantizar los servicios hasta tanto el Ministerio de Salud realice el proceso de asignación, las EPS receptoras serán las responsables de la atención.

5. ¿CÓMO VERIFICO A CUÁL EPS FUI ASIGNADO?

El Ministerio de Salud y Protección Social deberá realizar el proceso de la asignación de la población y tanto Medimás EPS como las EPS receptoras, deberán comunicarlo mediante el uso de sus canales habilitados.

6. ¿SI TENGO UNA CITA MÉDICA CON ESPECIALISTA, ME LA MANTIENEN O DEBO PEDIRLA NUEVAMENTE?

Si la cita se encuentra programada previo al proceso de traslado se mantiene. Si el servicio es autorizado por la EPS receptora, debe reprogramarla con esta.

Medimás EPS será responsable de entregar a las entidades receptoras la información de los servicios autorizados que a la fecha de la asignación no hayan sido prestados, para que sigan su trámite.

7. A MI ME DAN UNOS MEDICAMENTOS MENSUALMENTE QUE NO PUEDO DEJAR DE TOMAR. ¿VOY A PERDER ESE DERECHO?

Si la cita se encuentra programada previo al proceso de traslado se mantiene. Si el servicio es autorizado por la EPS receptora, debe reprogramarla con esta.

Medimás EPS será responsable de entregar a las entidades receptoras la información de los servicios autorizados que a la fecha de la asignación no hayan sido prestados, para que sigan su trámite.

8. ¿CUÁLES SON LAS EPS QUE NOS VAN A RECIBIR?

Será el Ministerio de Salud, el encargado de realizar la asignación de los usuarios a las EPS receptoras.

Los afiliados serán asignados a EPS que no tengan ninguna medida especial, Minsalud publicará en su sitio web www.minsalud.gov.co la información sobre el traslado.

9. ¿DEBO PEDIR UNA NUEVA AUTORIZACIÓN PARA LOS MEDICAMENTOS QUE YA ME FORMULARON?

Hasta el 31 de mayo de 2020, los usuarios deberán dirigirse al dispensario de Medimás EPS para validar su entrega. Posteriormente, la EPS a la que fue asignado deberá hacer cambio de la orden y entregar los medicamentos formulados.

10. SI TENGO UNA URGENCIA ¿A DÓNDE DEBO IR?

Hasta el 31 de mayo de 2020, los usuarios deberán dirigirse a la red de prestadores habitual de Medimás EPS. Posteriormente, deberá acudir a la red de atención de su EPS asignada.

11. TENGO UNA CIRUGÍA PROGRAMA. ¿DEBO VOLVER A HACER LOS TRÁMITES PARA QUE ME LA HAGAN?

Si el procedimiento está programado para antes del 31 de mayo de 2020, Medimás EPS responderá por esta.

Si estaba programada para una fecha posterior al 1 de junio de 2020, deberá comunicarse con la EPS a la que fue asignado.

12. ¿QUÉ HAGO CON LOS TRATAMIENTOS QUE ME ESTÁN HACIENDO? ¿DEBO COMENZARLOS EN LA OTRA EPS?

No. Medimás EPS deberá garantizar la continuidad de todos los servicios, incluidos tratamientos, cirugías y medicamentos hasta el 31 de mayo de 2020.

Medimás EPS está obligada a entregar a cada EPS receptora las historias clínicas de cada uno de sus afiliados, con el fin de que a partir del 1 de junio de 2020 estas se hagan cargo de dichos tratamientos.

13. SI ESTOY HOSPITALIZADO, ¿QUIÉN CUBRIRÁ LA HOSPITALIZACIÓN?

Medimás EPS lo cubrirá hasta el 31 de mayo de 2020. A partir del 1 de junio de 2020, la EPS receptora se encargará de cubrir los costos de los servicios requeridos.

14. ¿SI TENGO UNA CITA CON UN ESPECIALISTA, LA PIERDO?

Si está programada para antes del 31 de mayo de 2020, Medimás EPS deberá garantizarle su cita.

Si es posterior al 1 de junio de 2020, deberá contactarse con su EPS receptora para que le sea reasignada.

15. ¿SE GARANTIZARÁ EL SERVICIO CON LA MISMA RED DE CLÍNICAS Y HOSPITALES?

El servicio se prestará en la red de atención de la EPS a la cual fue trasladado y deberá darle continuidad en la atención.

16. SI NO ESTOY CONTENTO CON LA EPS QUE ME ASIGNARON, ¿ME PUEDO CAMBIAR?

Sí. Lo puede realizar pasados 90 días contados a partir del momento del traslado a la EPS receptora. Usted podrá pasarse a la EPS que desee, siempre y cuando esta opere en su municipio y en el régimen al cual pertenece.

17. SI SOY CABEZA DEL GRUPO FAMILIAR, ¿ELLOS SERÁN TRASLADADOS A LA MISMA EPS QUE ME ASIGNEN?

Su grupo familiar pasará con usted a la EPS a la que fue asignado, y quedarán cubiertos del mismo modo en que se encontraba en Medimás EPS.

18. ¿A QUIÉN LE DEBO PAGAR MI APORTE A SALUD?

La cuota del mes de junio de 2020, deberá ser cancelada a su EPS receptora.

19. SI HAY ALGÚN PROBLEMA O FALLA CON MI PROCESO DE TRASLADO, ¿QUÉ DEBO HACER?

Puede comunicarse con la Superintendencia Nacional de Salud, a la línea gratuita nacional 01 8000 513 700, las 24 horas del día, los 7 días de la semana. También a través del chat en línea en la página web www.supersalud.gov.co