Si es conductor, recuerde ceder el paso a los vehículos de socorro o emergencias

Ceder el paso en la vía a vehículos del Cuerpo de Bomberos, ambulancias, vehículos de socorro, de la policía o el ejército, es la obligación de los conductores cuando anuncien su presencia por medio de luces, sirenas, campanas.

Así lo explica la comandante del cuerpo Oficial de Bomberos de la ciudad, Lina María Marín Rodríguez, resaltando que de acuerdo con el artículo 64 del Código Nacional de Tránsito, es claro al advertir que los vehículos deben reducir la velocidad, orillándose al costado derecho de la calzada o carril y deteniendo el movimiento del vehículo.

En una emergencia el tiempo de respuesta es muy valioso, por lo que hacemos la solicitud a los conductores para que cuando escuchen las sirenas de nuestros vehículos nos permitan el paso, para que de esta manera podamos prestar un mejor servicio a la ciudadanía, unos segundos pueden salvar vidas”, puntualizó la teniente.

Ahora bien, si no se le da paso a un vehículo de emergencia, podrá tener una sanción económica de treinta (30) salarios mínimos legales diarios vigentes, es decir aproximadamente un millón de pesos, de acuerdo con el literal D9 del artículo 131 del Código Nacional de Tránsito. Ahora bien, pese a incumplir esta normal, no le pueden hacer la inmovilización de su vehículo.