COMITÉ EJECUTIVO DE LA ASI PUEDE OTORGAR AVALES PARA EL CONGRESO
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- diciembre 9, 2021
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- COMITÉ EJECUTIVO, Congreso, OTORGAR AVALES, Partido ASI
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La Sección Quinta del Consejo de Estado, como medida cautelar de urgencia declaró que las personas que aparecen inscritas ante el Consejo Nacional Electoral (CNE) como integrantes del Comité Ejecutivo Nacional del partido Alianza Social Independiente (ASI), tienen la posibilidad de reunirse para establecer todo lo atinente a las próximas elecciones al Congreso de la República, como conceder avales, inscribir candidaturas y modificar éstas en las oportunidades legamente previstas.
Se constató que existe una situación de incertidumbre frente a la composición del Comité Ejecutivo Nacional del partido ASI, y por ende, del encargado de conceder avales para las candidaturas a cargos de elección popular, circunstancia que se deriva de un lado, de la controversia que existe frente a la legalidad de las resoluciones del CNE que dejaron sin efectos las designaciones para el citado Comité que tuvieron lugar en el mes de enero de 2021, y de otro, que en el mismo mes venció el periodo de los integrantes de aquél que aparecen registrados ante la autoridad electoral.
Por lo tanto, sin perjuicio de lo que se establezca sobre la validez de las decisiones del CNE que dejaron sin efectos las señaladas designaciones, no puede entenderse acéfalo Comité Ejecutivo Nacional del partido ASI, so pena de impedir u obstaculizar que la colectividad tenga la oportunidad material de presentar candidatos a las próximas elecciones, y por ende, de ejercer los derechos a participar en la campaña electoral, de presentar a sus militantes más destacados a la ciudadanía, de difundir a través de ellos sus ideales y programas, de aspirar a ocupar cargos en el Congreso de la Republica y de luchar por mantener su personería jurídica (arts. 40 y 108 de la Constitución Política).
Para tal efecto y en atención a que el periodo de inscripción de candidaturas al Congreso de la República vence el 13 de diciembre de 2021, la Sección Quinta del Consejo de Estado consideró sin perjuicio de la decisión que se adopte en la sentencia, que las personas que actualmente aparecen como integrantes del Comité Ejecutivo Nacional del partido ASI ante el Consejo Nacional Electoral, pueden reunirse para definir sus candidatos a los siguientes comicios, a fin de evitar un daño irreparable, esto es, que se le impida a la agrupación política luchar por escaños en la Rama Legislativa del poder público.