CONSEJO DE ESTADO NIEGA SUSPENSIÓN DE DIRECTIVA PARA INVESTIGAR Y JUZGAR ABORTOS

El Consejo de Estado negó la suspensión provisional de una directiva por medio de la cual la Fiscalía estableció directrices para la investigación y juzgamiento del delito de aborto desde el 2016.

En la demanda, que pretende la nulidad de estas directrices, se presentó la solicitud de suspensión porque, a juicio del demandante, con el acto acusado se pretende despenalizar el aborto y restringir la autonomía de los funcionarios judiciales. En su criterio, el fiscal estaba asumiendo una facultad para reglamentar la sentencia por medio de la cual la Corte Constitucional despenalizó la conducta en tres situaciones específicas (Sentencia C-355 del 20016), ejerciendo una facultad que le es ajena.

El Consejo de Estado indicó que lo que en realidad pretende esta directiva es fijar criterios para investigar y juzgar el aborto y que, para lograr ese cometido, la Fiscalía necesita explicar las razones por las cuales la Corte Constitucional estableció la ausencia de responsabilidad penal por la interrupción voluntaria de los embarazos (IVE).

Además, explicó que no se puede interpretar que estas medidas despenalicen el aborto, en la medida en que se trata de sugerencias y no de obligaciones para que los fiscales soliciten principio de oportunidad en aquellos casos de IVE que estén al margen de las circunstancias que, según la Corte, no son judicializables.

Según el Consejo de Estado, no puede considerarse que el acto acusado interfiera en la autonomía de la función jurisdiccional, pues la aplicación del principio de oportunidad es producto de la solicitud ante una autoridad judicial y no es una función jurisdiccional.

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