Los Bomberos podrán prestar el servicio de ambulancia
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- septiembre 29, 2021
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- Ambulancia, Bomberos, Carlos Fernando Motoa, Senador, Servicio
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Con la ponencia positiva del senador Gabriel Velazco Ocampo (Centro Democrático), se aprobó el proyecto de ley 457 de 2021 senado, donde se autoriza a los cuerpos de bomberos del país a prestar el servicio de transporte de pacientes en ambulancia de estas entidades sin que eso implique competencia con el sector privado.
El senador Carlos Fernando Motoa, manifestó su inquietud sobre dicho proyecto de ley, “este transporte no tiene una prohibición, no veo porque crear una ley para que se faculte a los bomberos a prestar un servicio de ambulancia cuando la ley no se los prohíbe” dijo el senador de Cambio Radical.
“Sí, es cierto, no está prohibida, pero solo se puede desarrollar por vía decreto de los entes territoriales y la habilitación se demora muchos años, por eso, se busca la primacía de la ley sobre el decreto, generando así una reglamentación del servicio, dando claridad de cómo direccionar los recursos al cuerpo bomberil”, enfatizó el legislador del Centro Democrático.
El senador ponente Gabriel Velazco del Centro Democrático, aclaró “esta iniciativa busca favorecer a personas que se encuentran en los sitios más alejados del territorio nacional, porque no están conectados debido a la falta de vías, o carreteras intransitables, facilitando el transporte de enfermos en sus ambulancias”.
El Congresista Velazco Ocampo (CD) precisó, “con esta ley los recursos salen del ministerio del interior y los Bomberos tendrán la tranquilidad al prestar el servicio porque van a recibir los pagos que hoy les resulta difícil adquirir, de esta forma se habilitarán las 240 ambulancias ya que hoy solo funcionan 37 en todo el país.