Ministerio de Defensa confirmó suspensión del pago de la mesada 14 a pensionados de la fuerza pública

Por medio de un comunicado, el Ministerio de Defensa informó que el pago de la mesada adicional de mitad de año o también denominada mesada 14, consagrada en el artículo 41 del Decreto 4433 de 2004, a favor de los miembros de la fuerza pública, se encuentra suspendido.

De acuerdo con la cartera, esto se da por cuenta de las medidas cautelares del Auto del 7 de julio de 2021 de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, dentro del proceso de Nulidad No. 11001032500020180113800 (4014-2018) al Acta del 22 de abril de 2014 “por medio de la cual se decide el pago de la mesada 14 a los pensionados del Ministerio de Defensa Nacional – Secretaría General – Dirección Administrativa – Grupo Prestaciones Sociales que tienen derecho”.

Frente a esto, el ministerio precisó que desde el primer momento ejerció la defensa técnica judicial de los intereses de los pensionados de la fuerza pública, por lo que, mediante providencia del 28 de julio de 2022, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado resolvió los recursos de súplica interpuestos por el Ministerio de Defensa Nacional, la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional (Casur), la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares (Cremil) y los terceros interesados, contra el auto del 7 de julio de 2021, confirmando el contenido del auto proferido por la misma sala.

El Ministerio de Defensa anotó que ante el inicio de incidente de desacato del Auto de 19 de septiembre de 2022 de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, por medio del cual se pretende verificar el incumplimiento de la medida cautelar decretada mediante el Auto del 7 de julio de 2021.

Además, que la cartera, por medio de la defensa técnica judicial, interpuso dentro del plazo legal establecido un recurso de súplica con el propósito de ejercer toda la defensa jurídica necesaria en aras de la protección del régimen especial de la fuerza pública y sus beneficiarios legales, y en consecuencia, velar por dar continuidad del pago de la mesada 14.

“Para el Ministerio de Defensa Nacional resulta jurídicamente improcedente el pago de la mesada adicional o mesada 14, hasta que se resuelva definitivamente la nulidad que cursa ante el Consejo de Estado en contra del acta del 22 de abril de 2014 ‘por medio de la cual se decide sobre el pago de la ‘mesada 14′ a los pensionados del Ministerio de Defensa-Secretaría General-Dirección Administrativa-Grupo de Prestaciones Sociales, que tienen derecho’”, informó la cartera que dirige Iván Velásquez.

Lo anterior, por las decisiones de la Sección Segunda del Consejo de Estado, que decretó la suspensión provisional del acta y en la parte motiva, dejó claro que el Acto Legislativo 01 de 2005, al momento de regular el tema de las mesadas adicionales, determinó que no se podían recibir más de 13 mesadas pensionales al año y que esta norma al ser de rango constitucional, eliminó del mundo jurídico toda mesada adicional, sea que estuviese regulada en el régimen general o en cualquier régimen especial o exceptuado.

La protesta de los militares en retiro por la mesada 14
Hasta la Plaza de Bolívar, en el centro de Bogotá, llegaron el 11 de mayo de 2023 centenares de militares en retiro para protestar en contra de la administración del presidente Gustavo Petro. Dentro de los motivos que argumentaron para manifestarse en contra del Gobierno nacional, tuvo protagonismo la mesada 14.

De acuerdo con lo que se expone en el portal web de la notaría 19 de Bogotá, la mesada 14 se refiere al pago de una “mesada pensional complementaria que se da a los pensionados que adquirieron ese derecho antes de la fecha anteriormente citada (luego del 25 de julio de 2005)”.

Según detalla esa entidad, la Corte Suprema de Justicia “se pronunció al respecto estableciendo que las pensiones causadas después del 31 de julio de 2011 no podrán optar a la mesada 14, pues el Acto Legislativo 01 de 2005 eliminó dicha prestación de más”.

FUENTE:INFOBAE.COM