Secretaría de Salud supervisará protocolos de bioseguridad en empresas que inician sus actividades económicas

Teniendo en cuenta que a partir de mañana podrán iniciar labores los sectores de la construcción e industria manufacturera, la secretaria de Salud y Seguridad Social municipal, Bibiana Romero Olarte, informó que deberán implementar un protocolo general de bioseguridad para mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia de COVID-19 en sus empleados, de acuerdo a la Resolución 666 emitida por el Ministerio de Salud y Protección Social.

Así mismo, la funcionaria indicó que la apertura estará condicionada mediante los lineamientos dictados por el Gobierno Nacional, y cada sector, empresa o entidad deberá realizar, con el apoyo de sus administradoras de riesgos laborales, las adaptaciones correspondientes a su actividad que garanticen un distanciamiento social y adecuados procesos de higiene y protección en el trabajo.

“Desde mañana iniciaremos con los operativos de vigilancia y control para verificar la efectiva implementación de dichos protocolos de bioseguridad, los cuales deben estar orientados a minimizar los factores que pueden generar la transmisión de esta enfermedad. Cabe aclarar que para el sector de la construcción, verificaremos el cumplimiento de la Circular Conjunta 001 del 11 de abril del presente año en los proyectos de vivienda y su cadena de suministro, en donde queda excluido la autoconstrucción, las reformas y los trabajos independientes. Así mismo, deberán cumplir con la Circular 17 del 24 de febrero de 2020, expedida por el Ministerio del Trabajo”, aseguró Bibiana Romero.

Quien agregó que la empresa o entidad que inicie labores económicas deberá informar a las secretarías de Gobierno, Planeación, Salud y Seguridad Social del Municipio sobre los protocolos de bioseguridad que serán implementados en el marco de la emergencia sanitaria por el coronavirus COVID-19, y en caso dado que durante los operativos de vigilancia e inspección de la dependencia de Salud no se evidencie el cumplimiento de dichas normativas, se procederá a la suspensión de actividades por parte de la Secretaría de Gobierno y la Policía Nacional.

De otro lado, en la Circular 015 de 2020 de la Secretaría de Salud de Dosquebradas se informa que las empresas o entidades deberán enviar sus protocolos de bioseguridad al correo electrónico [email protected]. Para el caso del sector de la construcción también lo deberán enviar al correo [email protected] antes del jueves 30 de abril.

Dato de interés
Se informa que en el Decreto 593 del 24 de abril de 2020 se definen los sectores económicos autorizados para iniciar con sus actividades a partir del lunes 27 de abril, quienes no estén entre las excepciones emitidas por el Gobierno Nacional no podrán trabajar y deberán continuar en aislamiento preventivo hasta nuevo aviso.

Responsabilidades establecidas según MinSalud

A cargo del empleador o contratante:
· Capacitar a sus trabajadores y contratistas, vinculados mediante contrato de prestación de servicios o de obra, las medidas indicadas en este protocolo.
· Adoptar medidas de control administrativo para la reducción de la exposición, tales como la flexibilización de turnos y horarios de trabajo, así como propiciar el trabajo remoto o trabajo en casa.
· Reportar a la EPS y a la ARL correspondiente los casos sospechosos y confirmados de covid-19.
· Incorporar en los canales oficiales de comunicación y puntos de atención la información sobre la enfermedad.
· Apoyarse en la ARL en materia de identificación, valoración del riesgo y en conjunto con las EPS en lo relacionado con las actividades de promoción de la salud y prevención de la enfermedad.
· Proveer a los empleados los elementos de protección personal que deban utilizarse para el cumplimiento de las actividades laborales que desarrolle para el empleador.
· Promover el uso de la aplicación CoronApp para registrar en ella el estado de salud de los trabajadores.
A cargo del trabajador, contratista, cooperado o afiliado partícipe:
· Cumplir los protocolos de bioseguridad adoptados y adaptados por el empleador o contratante durante el tiempo que permanezca en las instalaciones de su empresa o lugar de trabajo y en el ejercicio de las labores que esta le designe.
· Reportar al empleador o contratante cualquier caso de contagio que se llegase a presentar en su lugar de trabajo o su familia. Esto con el fin de que se adopten las medidas correspondientes.
· Adoptar las medidas de cuidado de su salud y reportar al empleador o contratante las alteraciones de su estado de salud, especialmente las relacionadas con síntomas de enfermedad respiratoria y reportar en CoronApp.

Escuchar Audio: Comunicado protocolos bioseguridad – Secretaria de Salud, Bibiana Romero.