Corte recordó que EPS deben cubrir transporte entre municipios cuando autorizan que un servicio de salud sea prestado por fuera del municipio donde vive el usuario

La Corte Constitucional reiteró que, cuando las entidades promotoras de salud (EPS) autorizan que un servicio ambulatorio incluido en el plan de servicios sea prestado fuera del municipio donde vive el usuario, vulneran su derecho a la salud si se abstienen de asumir el servicio de transporte intermunicipal y los gastos de estadía cuando son necesarios. Igualmente, las EPS desconocen …

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