EPS no pueden suspender servicios médicos a personas que han sido trasladadas de otras entidades de salud

La Corte Constitucional reiteró que se vulneran los derechos fundamentales de un adulto mayor, de muy avanzada edad, cuando una entidad que asume garantizar la prestación de los servicios de salud, por decisión de traslado de la Superintendencia de Salud, suspende los servicios médicos que venía suministrando la EPS anterior. El pronunciamiento del Alto Tribunal fue hecho al conceder una …

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