¿QUE PASARÁ CON MIGUEL RAVE Y ROBERT SÁNCHEZ?

De conformidad con el artículo 2° de la Ley 1475 de 2011, las personas que tienen cargos de elección popular en representación de los partidos políticos y deseen aspirar por uno distinto, deben renunciar al partido y a la corporación a la cual pertenecen, un año antes de iniciarse el proceso de un inscripciones. En lo que tiene que ver …

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